8 de marzo de 2023: La violencia de género continúa

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Rosario Herrera Guido

La condición femenina,
el acceso de la mujer a la dignidad,
la educación, el trabajo, la plena personalidad,
será el tema central del Siglo XXI.
Susan Sontag

¿Quién lo creyera? Ya pasaron 18 meses desde que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), declarara que es Inconstitucional castigar penalmente a las mujeres gestantes que decidan suspender su embarazo, y la persecución de delitos contra esta práctica va en aumento en algunas entidades del país.

Un incremento de persecución, criminalización y penalización que es especialmente hacia las mujeres por su derecho a decidir sobre la maternidad. Un tema que ya no debería de existir, puesto que desde el 7 de septiembre de 2021, la SCJN, fue clara y contundente al emitir una resolución que mandata a los Congresos Locales de todos los Estados de la Nación, que deroguen toda figura jurídica, y legal, que criminalice o tenga una figura punitiva contra las mujeres en torno a la decisión sobre la maternidad y la interrupción legal del embarazo.

Como sabemos, gracias a la Marea Verde, congresos progresistas, feministas y humanistas, a la altura del Movimiento Feminista Mundial, ya van 11 estados de las 32 entidades federativas, la tercera parte del país, que se han sumado a la medieval condena de la suspensión del embarazo, desde 2007 hasta 2022: Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo, Veracruz, Baja California, Colima, Guerrero, Baja California Sur y Sinaloa. Pero falta un largo trecho, pues estamos hablando de la tercera parte de las entidades federativas que ya cuentan con esta figura legalmente constituida.

Lo que sigue siendo preocupante y condenable es que no se cumpla en todas las entidades federativas de México con la NOM-046-SSA2, publicada por el Diario Oficial de la Federación en 2005, que norma el maltrato sexual como «la acción mediante la cual se induce o se impone la realización de prácticas sexuales no deseadas o respecto de las cuales se tiene la imposibilidad para consentir”, para que el aborto sea legal por distintas causales.

Porque actualmente, en la mayoría de los casos este problema se disparó durante la pandemia, en la que se multiplicaron los embarazos no deseados, más en menores de edad y niñas, y el desbordamiento de la criminalización para que no pudieran interrumpirse. Ante lo que cabe la pregunta ¿qué hace una niña embarazada en nuestro país, obligada por el Estado a llevar a término un embarazo?

Una problemática para la persona, la sociedad y la cultura, fuera de lugar, porque la NOM-046 y la Resolución de la SCJN, dejan ver con claridad meridiana la DOBLE MORAL, pues las personas que sin rubor se catalogan PRO-VIDA, son en realidad ANTI-DERECHOS HUMANOS. Ya que una vez que nacen es@s niñ@s no les importa, por ignorancia y/o irresponsabilidad, lo que vaya a ser de su condición psíquica como infantes no deseados, su desarrollo integral, condiciones económicas, sociales y culturales, ni cómo se trunca el proyecto de vida de una niña, adolescente o mujer con un embarazo no deseado.

Ya sabemos el papel tan lastimoso representado por el fanatismo PRO-VIDA, para el que todo cosiste en repetir el estribillo de las altas jerarquías religiosas: “un espermatozoide es un ser humano”, desconociendo la filosofía aristotélica, tomista y hasta el Evangelio: “un ser es humano hasta que Dios lo nombra y lo ilumina en el Bautismo” (Juan 1,9). Además, si un espermatozoide fuera un ser humano, una eyaculación precoz, un coitus interruptus o una masturbación serían un genocidio.

Para colmo, hoy contamos con un inquisitorial inventario de violaciones a los derechos humanos de las mujeres, no solo en el marco de la Salud Reproductiva, sino en la interrupción de todo un proyecto de vida, que obliga a postergar múltiples esferas de la vida humana de niñas, adolescentes y mujeres.

De modo que la exigencia y el clamor a todos los Congresos, incluido el de Michoacán, un Estado ahora gobernado por una posición feminista, según; no lejana la campaña electoral, es que cumplan las resoluciones de la NOM 046 y la de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que se anule toda siniestra figura que criminalice la suspensión del embarazo. Más porque muy pocas entidades federativas tienen tipificada la suspensión del embarazo como delito de aborto, pues en realidad lo están tomando como homicidio en grado de parentesco o infanticidio, para agravar las penas.

Por todos estos cuentos de terror, urge una revisión exhaustiva de las entidades federativas, incluida la de Michoacán, que están en estas infrahumanas condiciones para las niñas, adolescentes y mujeres, con el democrático ánimo de generar e impulsar amparos y demandas contra los Congresos que no estén cumpliendo con el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a establecer una Ley que despenaliza a todas de la suspensión del embarazo, pero que no obliga a ninguna a suspender su embarazo.

Lo que no puede ser ni seguir siendo, refiere a la inaceptable inhumanidad y contradictoria lógica jurídica, pues en un mismo país, una mujer que decide no ser madre es encarcelada, y que vaya a la alza desde 2018 hasta el 2023, y que un hombre que decide no ser padre sea premiado hasta con una diputación o cargo público. Y que de los 120 millones de mexican@s, 35 millones de hogares son sostenidos por mujeres, lo que significa 35 millones de padres ausentes, deudores y morosos, que no ejercen la paternidad y no se les penaliza.

Si a las mujeres se les sigue persiguiendo y con encono, por decidir sobre la propiedad más personal como lo es su propio cuerpo, la desigualdad dustantiva y la violencia de género continúa, lo que evidencia las enormes carencias en términos de Derechos Humanos, Estado de Derecho y Democracia Moderna, Representativa, Participativa y Real.