Morelia, Mich., a 27 de enero del 2024.- El Diario Oficial de la Federación publicó este viernes una reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales, impulsada por la diputada federal Celeste Ascencio y en la cual se precisan y aclaran los casos en los que procede el recurso de apelación.
Dicha reforma implicó modificaciones a los artículos 258 y 467 del Código Nacional de Procedimientos Penales, con lo que ahora el pueblo de México cuenta ya con leyes más claras y transparentes en cuanto a la apelación de resoluciones judiciales se refiere.
“En ocasiones, dada la complejidad de las normas y de los juicios, las personas no saben que recurso interponer y pierden la posibilidad de impugnar, o bien, el recurso que interponen es desechado. Es por ello que era de la mayor relevancia precisar los supuestos de procedencia del recurso de apelación en materia penal”, destacó la legisladora michoacana.
Para Ascencio, esta reforma permite que los justiciables tengan la certeza de cuál es el recurso procedente y no pierdan la oportunidad de impugnar, además de que con ello se evita saturar al Poder Judicial con el trámite de amparos contra resoluciones de procedimiento que le correspondería conocer a los tribunales ordinarios.
La referida reforma puede consultarse en esta publicación del Diario Oficial de la Federación: