IEM da cumplimiento a sentencias sobre consultas en Chapa Nuevo y El Ticuíz

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Morelia, Mich., 10 de junio de 2025.- En Sesión Extraordinaria Urgente, el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó el inicio formal de los trabajos relacionados con las consultas previas, libres e informadas de la comunidad de Chapa Nuevo, municipio de Salvador Escalante, y de la comunidad de El Ticuíz, municipio de Coahuayana, lo anterior en cumplimiento a las sentencias TEEM-JDC-155/2025 y TEEM-JDC-172/2025, respectivamente, emitidas por el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.

En el primer asunto, se aprobó iniciar los trabajos para determinar si la comunidad de Chapa Nuevo puede ser reconocida como Encargatura del Orden Independiente, para lo cual, la Comisión Electoral para la Atención de Comunidades Indígenas del IEM elaborará un plan de trabajo que incluirá entrevistas, visitas de campo, revisión documental y consultas con autoridades, con el fin de reunir los elementos necesarios para una eventual consulta sobre su derecho al autogobierno y la administración directa de recursos públicos.

Durante la sesión, el consejero Juan Adolfo Montiel, presidente de la CEAPI, señaló que los trabajos relacionados con la consulta ya registraban avances, aunque se encontraban pausados por motivo del proceso electoral judicial. Añadió que la sentencia representa una oportunidad para reflexionar sobre la necesidad de una posible reestructura presupuestal, ante el incremento de atribuciones del Instituto en materia de consultas, especialmente aquellas relacionadas con la renovación de autoridades tradicionales y encargaturas del orden.

Por su parte, el Consejero Presidente del IEM, Ignacio Hurtado Gómez, subrayó la importancia de que el Congreso del Estado legisle respecto a las figuras de gobierno comunitario, ya que cada vez más comunidades optan por el ejercicio del autogobierno conforme a sus sistemas normativos internos. Resaltó que puede configurarse otro nivel de gobierno inferior a los municipios y tenencias, por lo que es necesario abordar este tema desde el marco jurídico estatal.

Finalmente, la consejera electoral Selene Lizbeth González Medina afirmó que la comunidad de Chapa Nuevo cumple con las condiciones para ser sujeta de consulta, y que las decisiones que correspondan deberán tomarse con base en los resultados obtenidos a través de los trabajos de campo y el diálogo directo con la comunidad.

Por su parte, con base en la resolución TEEM-JDC-172/202 el Consejo General aprobó iniciar las acciones necesarias para analizar la solicitud de consulta promovida por la comunidad afromexicana de El Ticuíz, perteneciente al Municipio de Coahuayana.

Asimismo, se declaró improcedente la solicitud de consulta presentada por una ciudadana de la comunidad indígena de Crescencio Morales, ya que no fue suscrita por autoridades comunitarias ni respaldada por mandato colectivo, contraviniendo el principio de representación comunitaria.

Cabe señalar que la comunidad ya había decidido, en asamblea general, eliminar la figura de jefatura de tenencia y ejercer su derecho al autogobierno conforme a sus usos y costumbres.

Consulta las sesiones del IEM en: https://www.youtube.com/live/1Rnt86K5ynw?si=v4VDbqqQRjAYjCP1

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