La ley se impone y Silvano es candidato

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Toluca, Edomex., a 28 de marzo 2024.- El día de ayer, miércoles 27 de marzo, la Sala Regional de Toluca del TEPJF resolvió que la denuncia presentada por el partido Morena es infundada y ratificó a Silvano Aureoles Conejo su derecho a participar en el proceso electoral 2024 como candidato a Diputado Federal por el distrito 03 con cabecera en Zitácuaro, Michoacán. Lo anterior debido a que la acusación del partido en el gobierno de esa entidad es infundada, ya que la supuesta inhabilitación vence un día antes de la jornada electoral.

Esta sanción administrativa no grave, que aún se encuentra en disputa, fue generada por haber presentado de manera extemporánea su declaración final del cargo de Gobernador del Estado, y con ello, Morena buscaba evitar que Silvano Aureoles participara en el proceso electoral 2024.

El texto íntegro del asunto es el siguiente:

ASUNTOS RELEVANTES RESUELTOS DEL PRD y otro POR SALA REGIONAL TOLUCA HOY 27-03-2024
1.- EXPEDIENTE: ST-RAP-18/2024
ACTOR: MORENA
DEMANDADO: Consejo General del Instituto Nacional Electoral

ACTO: El acuerdo INE/CG233/2024 emitido por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que, en ejercicio de la facultad supletoria, se registran, entre otros cargos, las candidaturas a diputaciones del Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa, presentadas por los partidos políticos nacionales y coaliciones con registro vigente, con el fin de participar en el proceso electoral federal 2023-2024, en específico, el registro de Silvano Aureoles Conejo como candidato a la Diputación por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral Federal 3 en Michoacán

RESUELVE: Se confirma el acuerdo del cgine, ya que específico, el registro de Silvano Aureoles Conejo como candidato a la Diputación por el principio de mayoría relativa, correspondiente al Distrito Electoral Federal 3 en Michoacán, toda vez que resulta infundado el agravio ya que la inhabilitación del denunciado vence un día antes de la jornada electoral por lo que solo opera para dicho cargo, más no para el derecho de obtener el registro de una candidatura.

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